Información al Usuario Financiero

Servicios de Atención al Usuario de Servicios Financieros.

Medios y procedimientos para canalizar consultas o reclamos

POR CORREO POSTAL

Mediante nota dirigida a los responsables de Atención al Usuario de Servicios Financieros, con domicilio laboral en Nicaragua 4677, C1414BVG, CABA, Argentina

Todo reclamo será definitivamente resuelto dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles, excepto cuando medien causas ajenas a esta entidad, debidamente justificadas.

Aquellos casos no resueltos dentro del plazo máximo, o cuando hubiere disconformidad con las resoluciones adoptadas, podrán ser informados por los Usuarios de Servicios Financieros al Banco Central de la República Argentina. El Banco Central de la República Argentina dispone de un área de Protección al Usuario de Servicios Financieros que podrá contactar ingresando a www.usuariosfinancieros.gob.ar

POR CORREO ELECTRÓNICO

Enviando un mail a: clientes@wilobank.com los días hábiles de 08 a 20 horas.

RESPONSABLES DE ATENCIÓN AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS

Funcionario titular: Gustavo Sotelo Funcionario suplente: Rodrigo Morales

Dirección: Nicaragua 4677 Piso 1, C1414BVG, CABA, Argentina Correo electrónico: clientes@wilobank.com Teléfono: (011) 6245-2383

Tablas comparativas de comisiones en el Sistema Financiero Argentino - Com A "5928" BCRA

Agencias complementarias

Besser Weiss BG BPO S.A. Av. De Mayo 633 - Piso 2 - Oficina 13 (1084), CABA (011) 5252-9314 / 0800-362-0038 (011) 5252-9300 contacto@bwbpo.com

Se delega el servicio de cobranzas extrajudicial con autorización para cobrar en nombre y orden de Wilobank S.A.U Este servicio no genera comisiones al cliente.

Rapipago Ingresá acá para consultar las sucursales

Se delega la captación de depósitos para la acreditación en cajas de ahorro en nombre y orden de Wilobank S.A.U La comisión por depósitos es del 2% sobre el valor depositado.

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Los depósitos en pesos y en moneda extranjera cuentan con la garantía de hasta $ 6.000.000. En las operaciones a nombre de dos o más personas, la garantía se prorrateará entre sus titulares. En ningún caso, el total de la garantía por persona y por depósito podrá exceder de $ 6.000.000, cualquiera sea el número de cuentas y/o depósitos. Ley 24.485, Decreto Nº 540/95 y modificatorios y Com. "A" 2337 y sus modificatorias y complementarias. Se encuentran excluidos los captados a tasas superiores a la de referencia conforme a los límites establecidos por el Banco Central, los adquiridos por endoso y los efectuados por personas vinculadas a la entidad financiera.